Preguntas Frecuentes
Publicado: 13/09/2021 23:00:00
Favor, indicar cuál será la jornada laboral del personal de la AIF. Entendemos será de 45 horas semanales, ¿distribuidas de lunes a viernes, u otra distribución? En el caso de requerir contraturno, ¿a cuál cargo se le exigirá un reemplazo provisorio por..
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Favor, indicar cuál será la jornada laboral del personal de la AIF. Entendemos será de 45 horas semanales, ¿distribuidas de lunes a viernes, u otra distribución? En el caso de requerir contraturno, ¿a cuál cargo se le exigirá un reemplazo provisorio por descanso legal?
R: La jornada de trabajo se regirá según el Art. N°5 de los términos de referencia aprobados por Res. DGOP N°227-2009 y sus modificaciones posteriores, el cual establece: “La Asesoría deberá ejecutar su labor en terreno durante los días y horarios en que se desarrollen los trabajos por parte de la empresa contratista, en la cantidad y calidad que los trabajos de control de calidad y administración de la Asesoría lo requieran, de acuerdo a la legislación laboral vigente. En caso de existir períodos de bajada de la empresa constructora, la Asesoría deberá dejar el personal que el Inspector Fiscal estime necesario”.
Publicado por: Dirección de Aeropuertos
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