Preguntas Frecuentes

Publicado: 13/09/2021 23:00:00

Favor, indicar cuál será la jornada laboral del personal de la AIF. Entendemos será de 45 horas semanales, ¿distribuidas de lunes a viernes, u otra distribución? En el caso de requerir contraturno, ¿a cuál cargo se le exigirá un reemplazo provisorio por..

         

Favor, indicar cuál será la jornada laboral del personal de la AIF. Entendemos será de 45 horas semanales, ¿distribuidas de lunes a viernes, u otra distribución? En el caso de requerir contraturno, ¿a cuál cargo se le exigirá un reemplazo provisorio por descanso legal?


R: La jornada de trabajo se regirá según el Art. N°5 de los términos de referencia aprobados por Res. DGOP N°227-2009 y sus modificaciones posteriores, el cual establece: “La Asesoría deberá ejecutar su labor en terreno durante los días y horarios en que se desarrollen los trabajos por parte de la empresa contratista, en la cantidad y calidad que los trabajos de control de calidad y administración de la Asesoría lo requieran, de acuerdo a la legislación laboral vigente. En caso de existir períodos de bajada de la empresa constructora, la Asesoría deberá dejar el personal que el Inspector Fiscal estime necesario”.

Publicado por: Dirección de Aeropuertos

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